Close Menu
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Mas Noticias
    miércoles, julio 2
    Facebook X (Twitter) Instagram
    • Inicio
    • Politica
    • Deportes
    • Internacional
    • Espectáculos
    ONLINE
    Mas Noticias
    Portada » La Justicia declaró inválidos los artículos del DNU sobre los clubes de fútbol
    Politica

    La Justicia declaró inválidos los artículos del DNU sobre los clubes de fútbol

    Karina SampayoBy Karina Sampayo31 de enero de 2024No hay comentarios2 Mins Read
    Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp Email

    La Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar de la Asociación del Fútbol Argentino y declaró inválidos los artículos del DNU que habilitaban las Sociedades Anónimas Deportivas.

    Después del posicionamiento de casi todos los clubes ante esta propuesta impulsada por el gobierno de Javier Milei, el revés judicial la dejó sin efecto.

    La AFA informó que el Juzgado Federal de Mercedes dictó la medida cautelar impulsada por la Liga de Fútbol de Salto, una entidad afiliada al ente que regula el fútbol argentino.

    El gobierno de Javier Milei tendría decidido apelar la decisión judicial, lo que abriría un nuevo frente de batalla.

    Qué decían los artículos del DNU sobre las Sociedades Anónimas Deportivas

    La modificación en la ley que impulsó Javier Milei a través del DNU proponía la libre acción de convertirse en SAD.

    ARTÍCULO 335.- Incorpórase como artículo 19 ter a la Ley N° 20.655, el siguiente:

    “ARTÍCULO 19 ter.- No podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias.”

    ARTÍCULO 345.- CLÁUSULA TRANSITORIA. Las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes.

    Share. Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp Email
    Previous ArticleCon récord de participantes, finalizó la Colonia Municipal de Verano en San Martín
    Next Article Ley ómnibus: Arranca el debate en Diputados

    Related Posts

    *Kicillof: “Milei pone en riesgo el interés nacional”*

    1 de julio de 2025

    Los futuros policías y bomberos de la Ciudad juraron la bandera

    1 de julio de 2025

    *Kicillof inauguró la nueva sede de la Policía Científica en Bolívar*

    1 de julio de 2025

    Kicillof: *La Entrega Avanza*

    30 de junio de 2025
    Leave A Reply Cancel Reply

    Facebook X (Twitter) Instagram Pinterest
    CONTACTO: info@masnoticias.live
    WHATSAPP: 11 2868-2668

    © 2025 Sitio diseñado por: emaRetamozo.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.

    Ad Blocker Habilitado!
    Ad Blocker Habilitado!
    Nuestro sitio web es posible gracias a la publicidad en línea que mostramos a nuestros visitantes. Por favor, ayúdenos desactivando su bloqueador de anuncios.